Ley de Consumo Sostenible
El adiós a los anuncios de combustibles y a la reventa de entradas con precios abusivos

Nos encontramos ante un anteproyecto de ley aprobado por el Consejo de Ministros el 1 de julio de 2025, cuyo objetivo principal es reequilibrar la responsabilidad entre consumidores, administraciones y empresas, buscando un modelo de consumo más consciente, circular y justo. Se persigue la protección del medio ambiente y a los consumidores mediante la regulación de prácticas comerciales perjudiciales. Este texto transpone dos directivas europeas: una sobre alegaciones ecológicas (“green claims”) y otra sobre el derecho a reparar.

Prohibición de publicidad de productos "contaminantes" y del greenwashing y ecopostureo
La ley contempla el veto de la publicidad de:
- Combustibles fósiles: se prohíbe la publicidad de gasolina, diésel y otros combustibles fósiles cuando sean emitidos por empresas de carbón o petróleo, salvo excepciones como el gas.
- Vuelos cortos: se prohíbe promocionar vuelos peninsulares si existe una alternativa terrestre que no supere en más de 2,5 horas.
- Vehículos contaminantes: también se restringe la publicidad de automóviles impulsados únicamente con combustibles fósiles.
- Publicidad del miedo: se regula la publicidad que apela a miedos irracionales (como robos, catástrofes) exigiendo que incluya estadísticas objetivas.
Por otro lado también se quiere prohibir las alegaciones ecológicas genéricas, es decir, el greenwashing, también conocido como lavado verde o ecopostureo. Una práctica engañosa en la que las empresas o productos se presentan como más ecológicos de lo que realmente son. Esto se hace a través de publicidad, marketing y etiquetas que dan la impresión de ser sostenibles, pero que no reflejan las acciones o el impacto real de la empresa o producto en el medio ambiente. Solo se permitirán este tipo de alegaciones si están respaldadas por datos verificables, planes públicos o certificaciones. Las multas pueden alcanzar hasta 100.000 €, además de sanciones adicionales como exclusión de financiación o contratación pública.

Derecho a reparar, lucha contra la obsolescencia programada y control de la reventa de entradas
La ley promueve:
- Garantía extendida: si el consumidor elige reparar en lugar de sustituir, la garantía se prolonga 1 año adicional.
- Participación del fabricante en los costes de reparación tras la garantía legal (actualmente 3 años): 20 % en primeros dos años, 10 % en el tercero y 5 % en el cuarto.
- Acceso a repuestos: obligados a proveer piezas de repuesto por 10 años tras dejar de fabricar.
- Transparencia en actualizaciones de software: prohibición de ocultar o promover actualizaciones que empeoren el rendimiento, y obligación de ofrecerlas si no son estrictamente necesarias.
- Promoción de reparaciones: creación de una plataforma digital pública para facilitar el acceso a servicios de reparación y productos reacondicionados.
En cuanto a la reventa de entradas, se prohíbe revender entradas para conciertos, eventos culturales o deportivos a un precio superior al valor original ajustado según el IPC desde la compra. Aunque ya se penaliza el uso de 'bots' para comprar entradas masivas, esta nueva medida fortalece el control, permitiendo sanciones e incluso el bloqueo de páginas web infractoras. Mercados como Francia y Bélgica ya aplican normas similares; se estima que la reventa europea representó 1.817 millones € en 2024, con proyección de 7.769 millones en 2030. En España, esta práctica podría generar 900 millones € hacia 2030 .
La Ley de Consumo Sostenible debería ser el paso estructural hacia un modelo económico y de mercado más limpio, circular y justo. Su aprobación significará:
- Menos publicidad de combustibles fósiles y de miedo.
- Más responsabilidad de las empresas respecto a productos y reparaciones.
- Fin a las prácticas especulativas como el aumento de precio en reventa de entradas.
- Mayor transparencia y honestidad en la comunicación ecológica.
Para saber más: