Las llamadas spam prohibidas por ley en España
Sólo se permitirán llamadas desde líneas que tengan un prefijo determinado y nunca desde números móviles.

El 7 de junio de 2025 entró en vigor la Orden TDF/149/2025, una normativa impulsada por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, que prohíbe a empresas y entidades públicas realizar llamadas comerciales desde números móviles en España. Esta medida forma parte de un paquete más amplio destinado a combatir las llamadas fraudulentas y el spam, haciendo más transparente la procedencia de las llamadas para los usuarios.
El spam telefónico se refiere a llamadas o SMS enviados sin autorización, generalmente para ofrecer productos o realizar fraudes. Su rasgo típico es la insistencia y la intrusión indiscriminada. Estas llamadas provienen de sectores como telecomunicaciones, energía, banca o seguros, y se realizan con sistemas automáticos o marcación masiva.

¿Qué establece la Orden TDF/149/2025?
La orden, publicada el 12 de febrero de 2025 y publicada en el BOE el 15 de febrero introduce varias medidas clave:
- Prohibición de llamadas desde móviles: a partir del 7 de junio de 2025, las llamadas comerciales y de atención al cliente no pueden provenir de números móviles (prefijos 6xx/7xx). Únicamente pueden emplearse: números geográficos (fijos), números especiales asignados para empresas y números gratuitos con prefijos 800 o 900.
- Bloqueo de numeración fraudulenta: desde marzo, los operadores comenzaron a bloquear llamadas y mensajes (SMS/MMS/RCS) que utilizan identificadores vacíos, incoherentes o no asignados oficialmente, incluyendo números en los rangos 3xx y 4xx.
- Protección contra el spoofing internacional: también se bloquean las llamadas y SMS que, desde el extranjero, intentan simular un número español (spoofing), salvo en casos de roaming legítimo.
- Registro de alias alfanuméricos: la orden prevé la creación de una base de datos centralizada, gestionada por la CNMC, donde se registrarán los códigos alfanuméricos (alias) utilizados por empresas y administraciones en SMS y mensajes cortos. Su implementación está prevista para junio de 2026.
- Sanciones elevadas: la normativa contempla multas de hasta 2 millones de euros para empresas que incumplan estas disposiciones.
Los motivos por los cuales se ha publicado esta orden son varios, entre ellos, la proliferación del spam y las suplantaciones de identidad, el acoso telefónico a los consumidores (el 92 % de los españoles recibió al menos una llamada no solicitada en el último mes y un 37 % más de diez) y por último restaurar la confianza y fortalecer la confianza en la telefonía electrónica, permitiendo a los usuarios identificar rápidamente llamadas legítimas frente a posibles fraudes.
La Orden TDF/149/2025 marca un paso decisivo en la lucha contra el spam y las estafas telefónicas en España. Limitando los rangos numéricos autorizados, bloqueando llamadas fraudulentas y avanzando en la transparencia, devuelve al usuario el control y la confianza en las comunicaciones.
Las empresas deben adaptarse ya a los rangos permitidos (fijos y 800/900), y los operadores tienen implementados los sistemas técnicos de filtrado. Los ciudadanos, por su parte, disponen de herramientas legales como la Lista Robinson y deben mantenerse atentos, informados y proactivos ante llamadas sospechosas.
Para saber más: